En un gran paso adelante para la conservación mundial de los océanos, países miembros de las Naciones Unidas finalizaron, la semana pasada, el texto de un nuevo tratado para proteger la alta mar, conocido también como aguas internacionales. El objetivo general del tratado, que tardó más de 15 años en acordarse, es garantizar la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las áreas fuera de la jurisdicción nacional - conocido como ABNJ en inglés Areas Beyond National Jurisdiction – los cuales incluyen la alta mar y los fondos marinos internacionales fuera de control de un Estado. El nuevo tratado se adoptará bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) de 1982, que es el principal instrumento legal que rige los océanos, junto con un compuesto de otros acuerdos internacionales y regionales.
Los ABNJ constituyen dos tercios del océano y contienen una gran cantidad de biodiversidad. A pesar de su increíble abundancia e importancia para el planeta, estas áreas han estado especialmente en riesgo de degradación ecológica debido a un marco legal internacional complejo y fragmentado, que dejó muchas áreas del océano sin regulación y, especies y hábitats sin protección. Por esta razón, ABNJ a menudo se ha descrito como el "salvaje Oeste" de los océanos o, en términos un poco menos duros, como un "punto ciego" para los Estados miembros de las Naciones Unidas, donde las presiones humanas, como la pesca comercial, no han tenido un control suficiente. El nuevo tratado es un intento de llenar algunos de los vacíos en la gobernanza internacional de los océanos, crear principios generales acordados y mejorar la cooperación entre los organismos reguladores existentes.
Por ejemplo, solo el 1% de aguas internacionales están protegidas hasta ahora debido a la falta de un marco legal para establecer áreas marinas protegidas (AMPs) a esta escala. Esta fue una de las principales brechas de gobernanza que el nuevo tratado pretende corregir, y el texto acordado ahora establece un procedimiento para el establecimiento de AMPs en aguas internacionales. Proteger más de las aguas internacionales ayudará a los Estados a cumplir los nuevos objetivos 30x30, cuya meta es proteger el 30 % de los océanos hasta 2030.
El tratado apoya y recalca la importancia crítica de la investigación científica para la conservación marina en varias instancias. La sección sobre principios generales se refiere explícitamente a la libertad de investigación científica marina. El procedimiento para establecer AMPs requiere que las propuestas se basen en la mejor ciencia disponible. Se contempla un proceso de consulta amplio para las AMPs que incluye la sociedad civil, las comunidades locales, los pueblos indígenas y la comunidad científica. Los Estados costeros que se encuentran vecinos a aguas internacionales deben ser notificados e invitados a presentar sus puntos de vista sobre los méritos de cualquier propuesta de AMPs, el plan de gestión y los aportes científicos. Por lo tanto, la ciencia claramente tiene un papel central que desempeñar en el éxito de este acuerdo. La Fundación Charles Darwin (FCD), que ya maneja varios proyectos de investigación relevantes a las aguas internacionales, que cubren por ejemplo las aguas profundas y montes submarinos, especies migratorias en peligro, un enfoque regional para enfrentar amenazas a ecosistemas y el rol de la ciencia en la gobernanza transfronteriza de los océanos, está lista para apoyar.
El equipo de proyectos marinos de la FCD está analizando actualmente las implicaciones del nuevo tratado para Galápagos y el Pacífico Este Tropical. Una característica importante del nuevo tratado es que pretende complementar, y no debilitar, “los marcos e instrumentos jurídicos pertinentes y los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales pertinentes”.
La parte del tratado que menciona sobre las AMPs contiene varios objetivos, incluido el establecimiento de redes de AMPs ecológicamente representativas y bien conectadas, así como el fortalecimiento de la cooperación y la coordinación en el uso de las AMPs entre los Estados y los organismos pertinentes. Si bien en esta parte se mencionan algunas amenazas, como el cambio climático y la contaminación, no hay una referencia expresa a otras presiones significativas, como la pesca o la minería en las aguas profundas, lo cual es preocupante. Sin embargo, esto no debería impedir el establecimiento de AMPs en aguas internacionales que están sujetas a un intenso esfuerzo pesquero internacional, como alrededor de las islas Galápagos.
Es importante destacar que el tratado permite un procedimiento de votación por mayoría en los casos en donde no se puede llegar a un consenso, lo que debería evitar que un Estado bloquee el establecimiento de AMPs en situaciones en las que la mayoría apoya tal decisión.
Dado que los miembros del Corredor Marino del Pacífico Este Tropical (CMAR) son todos Estados costeros adyacentes o próximos geográficamente a aguas internacionales, CMAR puede estar bien posicionado para desempeñar un papel en los procesos futuros para el establecimiento de AMPs en aguas internacionales en la región, sobre todo en vista del reciente anuncio en Panamá para trabajar hacia un acuerdo legalmente vinculante para CMAR.
Es importante tener en cuenta que el tratado aún no se ha adoptado formalmente ni ha entrado en vigencia, por lo que aún nos queda camino por recorrer hasta que sea operativo. La ronda de negociaciones más reciente concluyó con un texto acordado y la creación de un grupo de trabajo para realizar la edición técnica y la traducción a los idiomas oficiales de la Organización de las Naciones Unidas. Una vez que se complete este proceso, el tratado será adoptado formalmente. Después de eso, necesitará sesenta ratificaciones estatales antes de que pueda ser legalmente vinculante.